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Recurso preventivo en obras: ¿Qué formación necesitas?
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En el sector de la construcción hay un mínimo que no es negociable: la seguridad y las garantías que deben tener los trabajadores a la hora de estar operativos en una obra. Este factor involucra, también, a los recursos preventivos, quienes tienen un papel clave para asegurar que los riesgos estén controlados y las medidas de seguridad en ambientes con riesgos elevados.
Y es que la figura del recurso preventivo la dispuso la Ley 54 de 2003, que supuso la reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, en donde se estipulan las funciones, la formación necesaria para desempeñar este rol y las normativas que deben cumplirse.
¿Suena complejo?
Descuida, sabemos que leer toda la ley puede ser tedioso, por eso, hoy te contamos lo que necesitas conocer en un principio para convertirte en un recurso preventivo para tu empresa.
Los recursos preventivos son las personas que designa la empresa y que se encuentran capacitadas con cierto nivel de formación en prevención de riesgos laborales. Su finalidad es supervisar y vigilar que las medidas preventivas se cumplan en el lugar de trabajo, en mayor medida en los sectores – como la construcción – donde hay mayor peligro para los trabajadores.
La presencia de esta figura es una medida preventiva complementaria y no puede ser utilizada con el fin de sustituir medidas de protección que sean preceptivas. Es decir, aquellas medidas obligatorias y establecidas por la ley diseñadas para abordar riesgos específicos.
Asimismo, esto significa que los recursos preventivos, según lo dispone el artículo 32 Bis de la Ley 54 de 2003, no requieren siempre su presencia en la obra, salvo en los casos que lo estipula la misma norma o las situaciones en las que la Inspección de Trabajo así lo requiera debido a las condiciones laborales detectadas.
El artículo 22 bis del RSP determina las funciones de los recursos preventivos en obras, que van, también, más allá de la simple vigilancia. Revisemos una por una:
Si el recurso preventivo tiene claras sus funciones, el impacto positivo para la empresa se verá reflejado en:

Si estás planeando capacitarte para ser un recurso preventivo, debes contar con una formación básica en prevención de riesgos laborales. Esto lo estipula el artículo 35 del RSP con un mínimo correspondiente a las funciones de nivel básico. Es importante que el recurso preventivo pueda identificar riesgos y aplicar medidas correctivas, siquiera, a un nivel mínimo o, dependiendo de la obra, detectar riesgos específicos gracias a una formación adicional.
Para ser considerado un recurso preventivo en obras, el artículo 35 del RSP estipula que estas son las condiciones que debe cumplir el trabajador:
También, dentro del plan de seguridad en la obra, se deberá tener en cuenta y especificar la formación y capacitación necesaria del recurso preventivo para saber el tipo de formación necesaria que debe tener.
No solo basta con estar preparados para los incidentes y saber la teoría, sino también saber prevenirlos. El recurso preventivo en la obra tiene que ir un paso por delante de los riesgos: desde el estar atento a la instalación de equipos de protección colectiva hasta la implementación de medidas de seguridad pertinentes a los trabajos que se van a realizar.
Otros consejos que deberías tener en cuenta:
El recurso preventivo debe estar en constante actualización de las nuevas normativas o estrategias de mitigación de riesgos, para garantizar que los trabajadores estén en un ambiente laboral seguro y cuenten con la información pertinente para evitar lesiones o accidentes a futuro.
Siendo el sector de la construcción un espacio dinámico que se adapta a nuevas leyes, es primordial estar constante formación, como las organizadas por organismos como la Fundación Laboral de la Construcción, o bien la asistencia a eventos formativos con expertos. Esto te dará un mayor rango de información para implementar en tus obras.
Asimismo, puedes optar por consultar las publicaciones del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) o las Normas Técnicas de Prevención, con las que tendrás una mayor visión acerca de las mejores prácticas y estudios recientes en prevención de riesgos laborales.
Este rol lo puede asumir una persona designada por la empresa, que bien puede ser un trabajador interno, un miembro del servicio de prevención e incluso un trabajador externo con la formación pertinente. Según el artículo 32 bis de la Ley de PRL, este rol lo pueden desempeñar uno o varios trabajadores, siempre y cuando tengan los conocimientos y experiencia necesaria para vigilar las actividades. Lo mismo ocurre con los miembros del servicio de prevención propio o ajeno de la empresa.

Existen tres normativas generales que afectan a los recursos preventivos en obras y que debes revisar más en profundidad. Pero, por ahora, mencionamos un pequeño resumen de cada una y los puntos principales:
Ley 31 de 1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL):
Una de las más citadas, porque es el marco legal principal que regula la prevención de riesgos laborales en España. Algunos artículos que destacamos de esta ley son:
Ley 54/2003 de Reforma del Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales:
Ley que incluye a los recursos preventivos en las obras y establece la necesidad de su presencia en situaciones de riesgo para los trabajadores. Los artículos más relevantes son:
Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997):
Este es el complemento de las dos leyes anteriores y detalla los niveles de formación y requisitos que deben cumplir los servicios de prevención. Algunos artículos para que tengas en cuenta:
La presencia de los recursos preventivos, según la norma vigente, se solicita en las siguientes situaciones:

Al igual, para algunas actividades específicas se suele solicitar el acompañamiento del recurso preventivo. Dentro de estas se incluye:
La respuesta es sí.
Según el artículo 35 del Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997), es obligatoria la formación para todos los recursos preventivos y, así como lo dicta la ley, debe cumplirse con los requisitos establecidos, que, como mínimo, establece el nivel básico en prevención de riesgos laborales.