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Permisos en construcción: ¿Puedo construir en suelo rústico?
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Hay proyectos que requieren un permiso expedido por el ayuntamiento correspondiente para autorizar al propietario a realizar una obra. A la hora de obtener este documento se tiene en cuenta el tipo de suelo sobre el que se va a edificar. Dependiendo del tipo de terreno en el que vayamos a construir, tendremos unas limitaciones u otras. En este post te explicamos las excepciones de construir en suelo rústico.
Actualmente existen tres categorías de suelo principales. El suelo urbano se define como aquel terreno que se encuentra incluido en los planes urbanísticos del municipio y además cuenta con todos los servicios básicos como el agua, el saneamiento o electricidad. El suelo urbanizable es el que aun estando en situación básica rural, es susceptible de ser clasificado como suelo urbanizado tras la realización de las correspondientes actuaciones de transformación. Y, por último, el suelo rústico que es aquel que no cuenta con los servicios urbanos anteriormente descritos. En general, no está permitido edificar en este tipo de suelo, pero en este post veremos cuáles son las excepciones para edificar en este tipo de suelo.
El suelo rústico está calificado por la ordenación territorial como no urbanizable, aunque hay varias excepciones. Ante todo, para saber si un suelo rural es urbanizable el primer paso es solicitar la cédula urbanística en el Ayuntamiento. En este documento se concreta el tipo de suelo de la finca.
Para construir en un suelo rústico, hay que tener en cuenta el Plan General de Ordenación Urbana y la normativa vigente en el territorio donde se quiere edificar. Generalmente es un tipo de terreno en el que no se puede construir, aunque existen excepciones en las que se pueden edificar ciertos tipos de inmuebles o predios. Hay que tener presente las diferentes formas y herramientas de tratamiento de suelo con las que podemos contar.
Los dos casos en los que se puede levantar una vivienda en un suelo rural son, por un lado, que esta se vincule a una actividad económica y, por otro, que se acoja a una excepción de la normativa urbanística.
En las viviendas o inmuebles ubicados en suelo rural que fueron construidos antes de que se prohibiera la urbanización en el terreno, está permitida la rehabilitación siempre y cuando no se amplíe la superficie o la altura; o se modifique la estructura.
Aunque por lo general todo depende de la legislación específica, las excepciones más habituales son las siguientes:
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